AYUDA ECONÓMICA

Atención Jubilados: PAMI entrega una ayuda económica por única vez

Importante noticia para las personas de la tercera edad. Te contamos cómo acceder al subsidio que paga PAMI a través de Anses a jubilados y pensionados.

El programa implementado por PAMI brinda asistencia económica o reintegro a jubilados y pensionados a través del Subsidio de Contención Familiar, supervisado por Anses. 

Conocido como el Subsidio de Contención Familiar, este apoyo quedará bajo la supervisión de la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses), con el propósito de acompañar a los parientes de los adultos mayores en momentos difíciles.


Por otro lado, los jubilados que cobran a través de Anses, actualmente cobran el bono de $70.000 y los dos aumentos confirmados por el Gobierno establecidos por el índice de inflación de febrero y marzo.
 

Ayuda para jubilados

Este apoyo se destina a aquellos que hayan asumido los costos de sepelio, viudos, convivientes previsionales, hijos con derecho a pensión por fallecimiento, herederos de una persona fallecida titular de una prestación previsional, así como a niños o adolescentes en tratamiento oncológico.

El monto fijo otorgado es de $15.000 y se solicita gratuitamente en Anses junto con la documentación requerida. 

A quienes apunta la ayuda

En caso de fallecimiento de titulares de jubilación o pensión pueden solicitarlo según este orden de prioridad:

- Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio, cremación o inhumación.

- Viudas, viudos, convivientes previsionales, hijos con derecho a la pensión por fallecimiento.

- Otros herederos de la persona fallecida.

Requisitos

- DNI de quien solicita el reintegro.

- Partida de defunción del jubilado o pensionado.

Por persona fallecida titular de una jubilación o pensión se debe presentar complementariamente

- Factura emitida a tu nombre.

- Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual.

- Póliza de la compañía de seguros.

- Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional)

- Se abona junto a la pensión de forma automática sin necesidad de hacer ningún trámite.

- Herederos de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión

- En caso de no haber familiares con derecho a pensión ni factura donde consten los gastos de sepelio, los herederas/os podrán solicitar este subsidio presentando los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296, según el caso.

Cómo pedir turno

Para solicitarlo es necesario pedir turno en el siguiente enlace: 

https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/Solicitud/IngresoSolicitud?idprest=29

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